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Informacion Precontractual

En cumplimiento del artículo 35 de la Ley 15/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (en adelante, LCCI), la sociedad EV FINANCE SPAIN, S.L.U (en adelante, EV FINANCE) pasa a informar al USUARIO, esto es, persona interesada en los servicios que proporciona EV FINANCE, de todos los requisitos previstos en dicha norma con la debida antelación suficiente:

  • Denominación social: EV FINANCE SPAIN, S.L.U
  • Nombre comercial: EV FINANCE
  • NIF: B44717056
  • Domicilio social: C/Génova, nº27, 5ª pl. Madrid CP 28004
  • Póliza seguro responsabilidad civil: AXA SEGUROS GENERALES, S.A. Póliza núm. N.º 85064888
  • Registro Banco de España: Inscrita como Intermediario de Crédito Inmobiliario núm. D842
  • Página web: https://www.ev-finance.es/es
  • Email de contacto: info@ev-finance.es

1.- EL PRESTADOR tiene por objeto la prestación del servicio de INTERMEDIACIÓN DE CRÉDITO INMOBILIARIO a tenor de lo dispuesto en la LCCI para la celebración de contratos de préstamo concedidos por personas físicas o jurídicas que realicen dicha actividad de manera profesional, cuando el prestatario (persona que recibe el dinero en préstamo o crédito), el fiador o garante (avalistas) sea una persona física y dicho contrato tenga por objeto:

a) La concesión de préstamos con garantía hipotecaria u otro derecho real de garantía sobre un inmueble de uso residencial, así como aquellos elementos tales como trasteros, garajes, y cualesquiera otros que sin constituir vivienda como tal cumplen una función doméstica.

b) La concesión de préstamos cuya finalidad sea adquirir o conservar derechos de propiedad sobre terrenos o inmuebles construidos o por construir.

2.- Se entiende por intermediación de crédito inmobiliario:

La puesta en contacto, directa o indirectamente, de una persona física con un prestamista (persona o empresa que concede la financiación) y la realización, además, de alguna de las siguientes funciones con respecto a los contratos de préstamo:

a. Presentar u ofrecer a los prestatarios dichos contratos de préstamo.

b. Asistir a los prestatarios realizando los trámites previos u otra gestión precontractual respecto de dichos contratos de préstamo.

3.- A fin de que EL USUARIO pueda verificar el oportuno cumplimiento de registro de EV FINANCE como Intermediario de Crédito Inmobiliario debidamente inscrito en el Banco de España acreditado para operar en el mercado, se informa de que puede accederse a dicha base de datos del regulador en el siguiente enlace:

https://app.bde.es/rbe_spa/#/buscador

4.- Esta información precontractual, previa a cualquier contrato u obligación entre las partes, pretende ayudar al USUARIO a conocer la empresa EV FINANCE y los servicios hipotecarios que ofrece, antes de tomar cualquier decisión de contratación.

5- Si EV FINANCE ofreciera, además de los servicios de intermediación señalados en el punto anterior, servicios de asesoramiento hipotecario, se pactarán en un contrato específico de asesoramiento las condiciones expresas del servicio, tal y como está previsto en el artículo 3 del Real Decreto 309/2019, de 26 de abril .

6.- EV FINANCE informa que no está vinculado a una o a varias entidades de crédito o prestamistas no crediticios. Ello le permite operar con independencia de los intereses de los prestamistas, buscando la financiación óptima para los clientes.

7.- Los servicios prestados por EV FINANCE que se concretan en la cláusula segunda y, además, el estudio de perfil económico, necesidades de financiación, análisis documental, orientación en relación con el proceso hipotecario y negociación con entidades financieras no tienen coste alguno para EL CLIENTE residente en España. Por contraposición, y dada su complejidad, las operaciones de clientes no residentes en España se verán remuneradas con un mínimo del 0,50% y un máximo del 0,85% del importe financiado.

Dichos honorarios se abonarán en el momento en que EV FINANCE le presente la Ficha Europea de Información Normalizada (en adelante, FEIN), esto es, la oferta vinculante con las condiciones del préstamo que se podrá firmar, y la misma sea aceptada por el USUARIO.

Dichos honorarios se cobrarán con independencia del resultado de la operación, al no ser los servicios que presta EV FINANCE de resultado, sino de medios. Así las cosas, si el USUARIO finalmente decide no acudir a la Notaría a firmar el préstamo conseguido por el PRESTADOR mediante la FEIN, ello no le exime del cumplimiento del pago de los honorarios previstos en el presente contrato.

De igual modo, si el USUARIO decide no firmar la FEIN presentada por EV FINANCE, pero acaba firmando la operación de préstamo hipotecario como consecuencia de los servicios profesionales prestados por EV FINANCE, se devengará y deberá abonarse tal comisión.

8.- Asimismo, y en aras a una total transparencia, informamos que es posible que EV FINANCE pueda recibir también comisiones de las terceras entidades con las que pueda colaborar en el marco de prestación del servicio al cliente, como pueden ser las propias entidades de crédito. Dichas comisiones no se deducirán de los honorarios que puedan cobrarse AL USUARIO y serán debidamente informadas en el contrato de intermediación suscrito con él.

9.- Durante la tramitación del préstamo o crédito con garantía hipotecaria podría ser necesaria la contratación de otros servicios, como la oportuna tasación bancaria o la emisión de una nota simple del registro de la propiedad, previos a que las entidades financieras emitan la FEIN. Dichos servicios y honorarios son totalmente independientes a EV FINANCE y deberán ser abonados por el USUARIO.

10.- Si el USUARIO se decide a firmar con EV FINANCE el preceptivo contrato de intermediación, le asiste el derecho de desistimiento de catorce (14) días naturales a la formalización del mismo, tal y como prevé el artículo 20.1 de la Ley 2/2009, de 31 de marzo , sin necesidad de alegar causa alguna y sin que tenga que soportar ninguna penalización. Es decir, si por alguna razón el servicio de EV FINANCE no fuera de su interés en dicho plazo, podrá cancelar el encargo profesional sin coste alguno.

A fin de hacer valer el derecho de desistimiento, el cliente podrá enviar, a su elección, tanto escrito dirigido a nuestro domicilio sito en la Calle Génova, nº 27, 5ª planta, de Madrid CP 28004, como un correo electrónico a la siguiente dirección: info@ev-finance.es

11.- EV FINANCE podrá resolver el contrato una vez haya constatado la imposibilidad de encontrar una solución en el mercado que se ajuste a los requerimientos del cliente en el plazo superior a TREINTA (30) DÍAS. A fin de ejercitar dicha resolución contractual, EV FINANCE hará llegar al USUARIO la oportuna comunicación individual al domicilio o correo electrónico que éste haya facilitado.

12.- EV FINANCE informa que dispone de los mecanismos internos oportunos para solucionar todas aquellas reclamaciones extrajudiciales y quejas que los USUARIOS deseen formular. Las reclamaciones podrán ser presentadas, a través de un medio de soporte duradero, ante EV FINANCE mediante el envío de correo electrónico a reclamaciones@ev-finance.es o mediante el envío de correo postal a la dirección situada en la calle Génova 27, 5º planta, 28004, Madrid. En el caso de que E&VFS tuviera establecimientos abiertos al público, también se permitirá la presentación de reclamaciones personalmente en cualquiera de ellos.

Dichas reclamaciones serán resueltas en el plazo máximo de un mes, de forma motivada y en soporte duradero por parte de EV FINANCE al USUARIO. No obstante, si no se encontrase suficientemente acreditada la identidad del reclamante, o no pudiesen establecerse con claridad los hechos objeto de la reclamación, se requerirá al reclamante para completar la documentación remitida en el plazo de diez días naturales.

Dicho plazo no se incluirá en el cómputo del plazo para resolver la reclamación.

13.- Al contrato de intermediación le resultará aplicable la LCCI, así como de forma supletoria la Ley 2/2009 , de 31 de marzo. Además se aplicará el Texto Refundido de la Ley General de Consumidores y Usuarios, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios .

14.- Para la resolución de cualquier duda o divergencia que pudiera suscitarse en la interpretación o eficacia del contrato de intermediación y que no haya podido ser resuelta de forma extrajudicial entre las partes, éstas podrán escoger la Jurisdicción de los Tribunales o bien acudir al Arbitraje de Consumo.

15.- En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018 , de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa al USUARIO que sus datos de carácter personal pueden ser objeto de tratamiento por parte de EV FINANCE como responsable del tratamiento de los datos cedidos.

La finalidad del tratamiento de dichos datos es la gestión y tramitación de los servicios profesionales relacionados con el contrato de intermediación, entre los que figuran la gestión del expediente hipotecario y servicios relacionados.

Los datos personales del USUARIO se mantendrán de forma indefinida en tanto no se solicite su supresión. El USUARIO autoriza expresamente a EV FINANCE para que ceda los datos aportados en el siguiente documento y cualquier información y documentación aportada por cualquier otra vía en relación con el objeto de este contrato a las siguientes empresas, entidades y personas: consultoras asociadas a EV FINANCE, representantes designados por el intermediario, abogados, economistas y profesionales colaboradores necesarios para la consecución del objeto de este contrato, así como a los diferentes prestamistas inmobiliarios, compañías de tasación y corredurías de seguros con la que colabora EV FINANCE.

EL USUARIO tiene derecho a ser informado de las personas y organizaciones a las que se han cedido sus datos.

EV FINANCE implementará en todo momento las medidas de seguridad y privacidad necesarias para proteger sus datos de carácter personal. EV FINANCE hará extensivo dicho deber de confidencialidad a todos sus empleados, colaboradores y/o subcontratistas, comprometiéndose a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el estricto cumplimiento del presente acuerdo de confidencialidad, el cual subsistirá, incluso, una vez finalizada la presente relación contractual.

El USUARIO Puede ejercitar los derechos previstos en los artículos 12 y siguientes de la Ley de Protección de Datos, esto es, los derechos de acceso (conocer qué datos de carácter personal del USUARIO mantiene el responsable de tratamiento), rectificación (si considera que sus datos son inexactos o incompletos), supresión (cancelación de los datos si desaparece la finalidad que motivó el tratamiento o cuando se revoque el consentimiento) y portabilidad de sus datos (derecho a recibir sus datos en un formato estructurado, de uso común), de limitación y oposición de su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante el responsable de tratamiento cuyos datos figuran al principio de este contrato.


EV FINANCE SPAIN, S.L.U

CIF B44717056

C/ Génova, nº 27, 5º PL. CP 28004 Madrid

Email: Info@ev-finance.es

Persona de contacto: Luis Fernández

Información adicional:

Para más información en relación con la información necesaria para contratar un préstamo hipotecario para la adquisición de una vivienda y sus aspectos conceptuales y prácticos puede consultarse la página web del Banco de España:

https://www.bde.es/bde/es/secciones/informes/publicaciones-varias/miscelanea/guia-de-acceso-al-prestamo-hipotecario/

Fecha de actualización de la información: 12 de julio de 2024.

Contacto

Dirección

EV Finance Spain SL Génova 27, 5ª planta 28004 Madrid, España


Code D842 of the Register of real estate credit intermediaries of the Bank of Spain